La Tabla de Categorización Ambiental tiene como finalidad categorizar proyectos ambientales según su sector, subsector y actividad; sean obras o proyectos sujetos al proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, así como clasificarlos según su Impacto Ambiental potencial. Las actividades, obras o proyectos se ordenan de acuerdo al Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA) vigente, en cuatro (4) diferentes Categorías (1, 2, 3 y 4). Para lograr esta categorización se toman en cuenta los factores o condiciones que resultan pertinentes en función de sus dimensiones, características conocidas de actividades en operación, naturaleza de las acciones que desarrolla, sus impactos ambientales potenciales o su riesgo ambiental. Dichas categorías quedaron aprobadas de la siguiente manera en la reforma según el acuerdo ministerial 0740-2019:

- La Categoría 1, corresponde a proyectos, obras o actividades consideradas de Bajo Impacto Ambiental Potencial o Bajo Riesgo Ambiental. 

- La Categoría 2, corresponde a proyectos, obras o actividades, consideradas de Moderado Impacto Ambiental Potencial o Moderado Riesgo Ambiental. 

- La Categoría 3, corresponde a proyectos, obras o actividades, consideradas de Alto Impacto Ambiental Potencial o Alto Riesgo Ambiental. 

- La Categoría 4, corresponde a proyectos, obras o actividades, consideradas de Muy Alto Impacto Ambiental Potencial o Muy Alto Riesgo Ambiental. Los megaproyectos de desarrollo se consideran como parte de esta Categoría.

La reforma a la Tabla de Categorización Ambiental también define y delimita lo que son las Áreas Ambientalmente Frágiles. Las cuales se consideran como un espacio geográfico que en función de sus condiciones de geo aptitud, capacidad de uso de suelo o de ecosistemas que lo conforman, o bien de su particularidad sociocultural, presentan una capacidad de carga limitada y, por tanto limitantes técnicas para su uso y para la realización de proyectos, obras, industrias o cualquier otra actividad Las Categorías de la Tabla de Categorización Ambiental, se definieron considerando los umbrales o límites derivados de la revisión de tablas o listas similares vigentes anteriormente en el país, así como la revisión de propuestas regionales centroamericanas. Todo esto como parte de un proceso de revisión sistemático realizado por la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MI AMBIENTE+) en conjunto con un grupo de expertos en la materia de acuerdo a cada Sector. La Tabla de Categorización Ambiental será revisada y, en caso de ser necesario, reformada, con una periodicidad máxima de 4 años.