En el Diario Oficial número 203, tomo 425, del 29 de octubre de 2019, se publicó el nuevo Reglamento Especial de Aguas Residuales y Manejo de Lodos, mismo que deroga al anterior, que estaba vigente desde el año 2000. Con esta reforma se pretende homogeneizar la normativa referente al tratamiento de aguas residuales.

Cabe aclarar que este nuevo reglamento es diferente al Reglamento Técnico de Aguas Residuales aprobado y publicado en mayo de este año. El Reglamento Especial deriva directamente de la Ley del Medio Ambiente, mientras que el Reglamento Técnico nace del Reglamento Especial de Normas Técnicas para la Calidad Ambiental.

El Reglamento especial, a diferencia del Reglamento Técnico, hace una nueva clasificación de los lodos residuales: lodos peligrosos y lodos no peligrosos. Esta clasificación cobra importancia para determinar el tipo de disposición que se le dará a los lodos, ya que a los lodos peligrosos se les deba aplicar las disposiciones establecidas en el Reglamento Especial en Materia de Sustancias, Residuos y Desechos Peligrosos.

Entre las novedades del reglamento se encuentran cambios en los análisis obligatorios para aguas ordinarias y especiales; modificación en los tipos de reúsos, incluyendo el reúso industrial; inclusión de la cadena de custodia para las muestras tomadas; obligatoriedad de realizar protocolo de pruebas previo a que una planta de tratamiento inicie operaciones; y regulación del manejo de los lodos residuales.

El reglamento entró en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, es decir el 6 de noviembre de 2019.