Los comerciantes sociales e individuales debern cumplir anualmente con las siguientes obligaciones mercantiles:

  • Concluir con la elaboracin de sus estados financieros (balance general, estado de resultados y estado de cambios en el patrimonio en trmino improrrogable de tres meses a partir de la clausura del ejercicio contable.
  • Depositar sus estados financieros en el Registro de Comercio, para que surtan efectos frente a terceros.
  • En el caso de las sociedades celebrar junta General Ordinaria de Accionistas dentro de los cinco meses que sigan la clausura del ejercicio social. En dicha junta debern de aprobarse la memoria de labores de la Administracin de la sociedad y los estados financieros del ao anterior.
  • Realizar el nombramiento auditor externo y fiscal en caso este ltimo sea necesario de acuerdo al activo o total de ingresos obtenidos en el ao inmediato anterior. Dichos nombramientos debern de inscribirse en el Registro de Comercio, dentro del plazo de diez das hbiles contados a partir de la fecha del acuerdo respectivo.
  • En caso sea necesario realizar el nombramiento de auditor fiscal, dicho nombramiento adems deber deber informarse a la administracin tributaria dentro de los diez das hbiles siguientes a la fecha en que se realiz el nombramiento.
  • Todos los comerciantes sociales e individuales debern adems renovar la matrcula de comercio de su empresa mercantil, as como la de sus respectivos locales, agencias o sucursales. Este trmite debern realizarlo en el mes de su cumpleaos en caso sean comerciantes individuales y en el mes que se inscribi la escritura de Constitucin en el Registro de Comercio para las sociedades.