Mediante Decreto Ejecutivo No. 235 de 15 de septiembre de 2021 (el "Decreto"), el Ministerio de Seguridad Pblica de la Repblica de Panam establece los requisitos para que los extranjeros con permisos provisionales de regulacin migratoria vigente puedan optar por residencia permanente.

Todo extranjero con permiso provisional, obtenido mediante el programa de "Crisol de Razas" o mediante el procedimiento de regularizacin migratoria general, ya sea por 6 o 10 aos, podr aplicar a la residencia permanente, siempre que cumpla con los criterios establecidos en el Decreto.

Los extranjeros beneficiados con Permiso Provisional de 2 aos, podrn solicitar prrroga de su permiso por un periodo de 6 aos. Una vez transcurrido dicho perodo, el extranjero podr optar por la residencia permanente.

Todo extranjero que aplique a la renovacin del permiso provisional o residencia permanente deber cumplir con lo establecido en el artculo 28 del Decreto Ley 3 de 2008, y acompaar su solicitud de los siguientes documentos:

  • Rcord policivo (si cuenta con 2 aos o ms sin salir de Panam).
  • 2 fotos carn.
  • Llenar formulario del Proceso de Regularizacin en lnea. Prueba de domicilio.

En caso de que el solicitante sea menor de 18 aos, deber contar con la autorizacin notariada de ambos padres o del padre que tenga la custodia, comprobando el vnculo de parentesco. El trmite debe ser realizado va apoderado judicial.

Finalmente, el Decreto establece que el solicitante debe aportar los requisitos listados en el artculo 7 para demostrar la condicin (razones de arraigo, laborales o fiscales) bajo la cual aspira a obtener su residencia permanente.