En ejecución del cronograma propuesto por Ecopetrol S.A para la Ronda Campos Ecopetrol 2016 (“Ronda 2016”), el lunes 27 de junio se publicaron los Términos de Referencia (los “Términos de Referencia") que contienen las reglas del proceso de desinversión de 16 convenios de exploración y explotación suscritos sobre 17 oportunidades de negocios (las “Oportunidades”), según se describe a continuación:

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* A la fecha no se han suscrito los Convenios con la ANH de las Áreas identificadas como Lebrija y Santana. 

** Oportunidades para las cuales la ANH ha notificado inicio del trámite de incumplimiento y Ecopetrol ha presentado los respectivos descargos. El procedimiento no ha concluido. 

La Ronda 2016 tiene por objeto seleccionar de manera objetiva, entre proponentes previamente pre-calificados en función de los requisitos de capacidad fijados en los Términos de Referencia, las propuestas más favorables para Ecopetrol a los fines de ceder los derechos y obligaciones de Ecopetrol sobre las Oportunidades. La realización de la Ronda 2016 queda sujeta a la condición suspensiva de la que la Agencia Nacional de Hidrocarburos (”ANH”) la apruebe.  

La Ronda 2016 se rige por el derecho privado, de conformidad con lo previsto en la Ley 1118 de 2006. Sin embargo, al tratarse de la cesión de los derechos de exploración y explotación de que es titular ECOPETROL, de conformidad con el Decreto 2288 de 2004 y los respectivos convenios de exploración y explotación, se requiere la autorización previa de la ANH. Por ello, con el fin de facilitar el proceso de aprobación de la cesión, los criterios para la pre-calificación de la Ronda 2016 son los contenidos en el Acuerdo No. 04 de 2012 de la ANH y los enunciados en la Ronda Colombia 2014.  

Los participantes interesados deben surtir el proceso de calificación contemplado en los Términos de Referencia, con el fin de acreditar el cumplimiento de las condiciones y requisitos  exigidos en tres áreas: (i) capacidad jurídica; (ii) capacidad económica-financiera; (iii) capacidad técnica y operacional. El número de Oportunidades que el proponente individual o plural puede adquirir varía en función de la capacidad económica-financiera presentada en la pre-calificación. 

  1. Acreditación de la Capacidad Jurídica: El proponente debe demostrar que tiene capacidad jurídica para presentar la propuesta, ser adjudicatario de los convenios respectivos, celebrar contratos con Ecopetrol y, en caso de aprobación de la cesión por parte de la ANH, suscribir nuevos convenios. Podrá participar cualquier persona o conjunto de personas jurídicas, sean nacionales o extranjeras. En el caso de Proponentes Plurales, la asociación entre sus integrantes puede ser a título de Consorcio, de Unión Temporal o de Promesa de Sociedad Futura. En el documento anexo se detalla los requisitos de capacidad jurídica que debe reunir el proponente. 
  2. Acreditación Capacidad Económica-Financiera: El proponente (individual o plural)  debe demonstrar que cuenta con la capacidad económica-financiera suficiente para atender en forma oportuna, eficaz y eficiente el cumplimiento de las obligaciones en el proceso de desinversión. En el caso de proponentes plurales, para determinar la capacidad económica-financiera, debe sumarse el resultado de los cálculos de capacidad de cada uno de sus integrantes, obtenidos en proporción a su respectiva participación. En el documento anexo se detallan los requisitos de capacidad jurídica que debe reunir el proponente. 
  3. Acreditación de la Capacidad Técnico Operacional: El proponente individual, o el operador en caso de proponentes plurales, debe demostrar que cuenta con la capacidad técnica operacional requerida en términos de niveles de producción, volúmenes de reservas y pozos perforados. En el documento anexo se detalla los requisitos de capacidad jurídica que debe reunir el proponente. 
  4. Capacidad Medioambiental: El proponente individual, o el operador en casos de proponentes plurales, debe demostrar haber implantado y puesto en ejecución sistemas de gestión ambiental para el seguimiento y la medición de las operaciones, y para el desarrollo de las actividades que puedan tener impacto en los recursos naturales y el ambiente. 
  5. Capacidad en Materia de Responsabilidad Social Empresarial: El proponente individual, o el operador en casos de proponentes plurales, debe demostrar haber implantado y puesto en ejecución normas, prácticas y metas corporativas de responsabilidad social empresarial. 

A través del siguiente  enlace puede acceder en detalle a la información formal y requisitos para cada tipo de acreditación:Requisitos: Términos de Referencia Criterios de Pre-Calificación de Proponentes 

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