El 25 de abril de 2019 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el texto definitivo de la Directiva relativa a las prácticas comerciales desleales en las relaciones entre empresas en la cadena de suministro agrícola y alimentario (la “Directiva”), cuyo principal objetivo es la fijación en el ámbito de la Unión Europea (“UE”), de unos estándares mínimos de protección contra las prácticas comerciales desleales que puedan surgir entre los operadores de la cadena alimentaria como consecuencia de la existencia de desequilibrios en el poder de negociación de proveedores y compradores.
- Se trata de una Directiva de mínimos, que contiene una lista de prácticas comerciales prohibidas que pueden ser desarrolladas y ampliadas por los distintos Estados Miembros.
- La aprobación de esta Directiva supone una novedad en el ámbito de la UE pero no tanto en España, donde desde el año 2014, contamos con una normativa que regula las relaciones mantenidas por los operadores de la cadena alimentaria.
- A diferencia de la normativa española, que se aplica a todos los operadores que participan en la cadena alimentaria, la nueva Directiva solo será aplicable a aquellas relaciones comerciales cuyas partes cumplan los requisitos de volumen de negocios indicados en la Directiva (relaciones con proveedores cuyo volumen de negocios anual no exceda de €350 millones).
- La Directiva regula dos tipos de prácticas desleales: (i) una serie de prácticas que están prohibidas per se y cuya realización no se permite bajo ninguna circunstancia; y (ii) ciertas prácticas prohibidas solamente si no han sido acordadas de forma clara y sin ambigüedades en el contrato de suministro o en un acuerdo posterior.
- La Directiva otorga a las autoridades de los Estados Miembros encargadas de su aplicación, una función que en España recaería en la Agencia Española de Información y Control Alimentarios ("AICA"), la facultad de publicar las decisiones que adopten, lo que puede abrir la puerta a la modificación de la normativa española para introducir una previsión en este sentido.
- El plazo de transposición de la Directiva al ordenamiento español finaliza el 1 de mayo de 2021, por lo que habrá que esperar a la transposición para comprobar el impacto que tendrá la Directiva en la ley española que regula el funcionamiento de la cadena alimentaria.