La CNMC ha iniciado un estudio sobre la distribución mayorista y comercialización de medicamentos en España. El objetivo de este estudio es analizar el marco regulatorio de estas actividades para aumentar el nivel de competencia del sector.

Este estudio responde a la identificación preliminar de ciertas restricciones a la competencia en la distribución mayorista de medicamentos que derivan de la normativa en vigor. La distribución y comercialización de medicamentos son actividades fuertemente reguladas por su función de salvaguarda de la salud pública, hecho que justifica ciertas restricciones a la competencia. El objetivo de la CNMC es analizar las restricciones existentes derivadas de la regulación y, en su caso, adecuarlas a los principios de necesidad y proporcionalidad en relación al cumplimiento de su función.

Por el momento, se han identificado ciertos comportamientos estratégicos adoptados por empresas titulares de patentes podrían restringir o retrasar la entrada en el mercado de medicamentos genéricos. Por otro, la CNMC apunta a un elevado grado de intervención en el sistema de precios y determinación de márgenes mayoristas, que debería ser revisado para asegurar que se ajusta a la finalidad de corregir los fallos del mercado. Complementariamente, se estudiará qué impacto tendría en el nivel de precios y de competencia en el mercado de medicamentos la introducción de mecanismos alternativos, como las compras centralizadas o las subastas de licitación.

Este estudio complementa al que ya hizo la CNMC en 2015 sobre la distribución minorista de medicamentos en España (E/CNMC/003/15 (https://www.cnmc.es/2015­10­21­ estudio­sobre­el­mercado­de­distribucion­minorista­de­medicamentos­en­espana­272086)). En el mismo se proponían varias medidas para incrementar la competencia en ese nivel de la distribución, entre las que destacan: (i) eliminar las restricciones por módulo de población y de distancia mínima en cuanto al establecimiento de oficinas de farmacia; (ii) eliminar ciertas restricciones en cuanto a la dispensación de medicamentos; y (iii) eliminar las restricciones sobre la propiedad de las oficinas de farmacia tales como la exigencia de que el propietario sea un farmacéutico colegiado, la prohibición de ser propietario de más de una oficina de farmacia y la prohibición de integración vertical de éstas.